miércoles, 14 de diciembre de 2005

¿ NOS QUEDAMOS SIN MOTORADA ?

THE LITTLE BAND...te ofrece las últimas noticias

THE LITTLE BAND

Os pego la noticia que ha causado sensación en los medios informativos de El Puerto, así como en la población en general. Hoy ha salido en la prensa. Lo dicho: ¿Nos quedamos sin motorada en Marzo?

Condenan al Ayuntamiento del Puerto de Santa María por permitir una «motorada» con un ruido «intolerable»

Agencias/Sevilla 13/12/05

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz) por permitir unas concentraciones de motos, coincidiendo con las carreras en el circuito de Jerez, que causan un ruido "intolerable" y vulneran el derecho de los vecinos a la salud.
La sentencia de la sala de lo Contencioso, a la que ha tenido acceso Efe, condena al Ayuntamiento a pagar a un vecino 769 euros, equivalente a los 167 euros que le costó la pensión durante los días de concentración de motos frente a su casa y otros 602 euros por los daños morales sufridos.
El vecino, asesorado por la asociación Juristas contra el Ruido, demandó a su Ayuntamiento por no actuar frente a las molestias de la llamada "motorada" e incluso incentivar su concentración en el casco histórico de la ciudad mediante un bando.
Dicha "motorada" se viene celebrando desde 1997 hasta la actualidad en El Puerto de Santa María y otras localidades próximas a Jerez y, en el caso de El Puerto, concentra en sus calles hasta 90.000 foráneos cuando la población habitual de la localidad es de 80.000, según la demanda.
El vecino afectado demandó al Ayuntamiento, gobernado por el independiente Hernán Díaz, por "no enfrentarse al grave problema de ruido que ocasiona a los residentes".
La sentencia considera demostrado "un funcionamiento anormal de un servicio público", en este caso municipal, sin que haya existido "ninguna causa de fuerza mayor" que obligue al vecindario a sufrir esas molestias, y añade que "no ofrecen duda" los daños sufridos por el demandante sobre su estado de salud debido al "ruido intolerable que le amenazaba en su propia vivienda".
"Con motivo de la denominada motorada concurre un fenómeno de contaminación acústica intolerable, con infracción de los derechos fundamentales del demandante y, por lo tanto, necesitados de regulación adecuada por la Administración competente", explica la sentencia.
Los jueces recogen sendos informes de la consejería de Medio Ambiente y de la Guardia Civil según los cuales en la Ribera del Marisco y Parque Calderón había unos niveles acústicos, coincidiendo con la "motorada" de mayo de 1999, de 67 decibelios durante el día y 70 por la noche, que "superan ampliamente los máximos permitidos".
Añade el fallo que, según el Reglamento de Calidad del Aire, dichas emisiones son calificadas de "intolerables" y por lo tanto suponen una contaminación acústica que incide sobre la salud de las personas por sus posibles efectos de perturbación del sueño, neurosis, hipertensión e isquemia, así como "reducción de los comportamientos solidarios e incremento de las tendencias agresivas".
El TSJA cita, junto a ello, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos según el cual "ciertos daños ambientales, aún cuando no pongan en peligro la salud de las personas, pueden atentar contra su derecho a la vida privada y familiar, privándole del disfrute de su domicilio".
Un portavoz de Juristas contra el Ruido indicó a Efe que la resolución del TSJA, que no es recurrible, puede ser utilizada por oros vecinos afectados para reclamar indemnizaciones al Ayuntamiento ahora condenado.
Publicado por TitoenHispania @ 8:33 | 0 Comentarios | Enviar

Comentarios
Añadir comentario